Eustorgio A. Domínguez D.

Como bien sabemos, en nuestra sociedad cada vez existen más normas jurídicas, prácticamente casi todo se encuentra regulado y sin lugar a dudas, día tras día surge la idea de crear nuevas normas para regular distintas facetas de la vida cotidiana, esa búsqueda cada vez más ardua de crear nuevas leyes, no es por antojo o porque así se quiere, sino porque las leyes son como las sociedades, cambiantes y cada cierto tiempo necesitan evolucionar para adecuarse de mejor manera y en mayor beneficio a la realidad social, cultural y económica de la comunidad en donde surgen. Prueba de lo anterior es la reciente discusión sobre la movilidad eléctrica, propuesta legislativa que apunta a un cambio sin precedentes, el cual es producto del avance de la tecnología y el desarrollo de nuestras sociedades.

Ante esa constante evolución de normas jurídicas, es evidente que deben existir unos sistemas poco cambiantes o variables, que permitan al intérprete de la Ley, alcanzar un nivel seguridad en cuanto a la conclusión a la que debe llegar al interpretar la norma. Precisamente, sobre ese tema quiero hablarles hoy, los sistemas de interpretación de las normas jurídicas.

La clasificación que en esta ocasión seguiremos es la siguiente:

  • Sistema gramatical o literal: Como su nombre lo indica, en el sistema gramatical o literal, lo que importa es lo que está establecido en la norma, es decir, el interprete de la Ley, va a encaminar su decisión con respecto a lo que se establece sobre el caso en particular. Ahora bien, es cierto que el interprete se tiene que subsumir a lo que dice la norma, pero ello no quiere decir que se limite sólo a ello, pues dependiendo de que caso, materia o situación sea, ese aplicador de la Ley se puede encontrar con la opción de tomar una postura restrictiva o extensiva al momento de aplicarla, es decir, con la postura restrictiva, lo que se va a buscar es ceñirse sin dudar a la letra de la Ley, sin vacilar y sin contemplar nada más que lo allí establecido, en cambio, en una postura extensiva o amplia, lo que se va a buscar es dar una mayor amplitud al ámbito de la Ley. Por supuesto, esta última debe ser empleada o utilizada con mucho cuidado y mesura, toda vez que no se deben rebasar los fines y objetivos que fueron establecidos por el legislador al momento de crear la norma, debido a que ello conllevaría a una inminente desnaturalización de la norma.
  • Sistema histórico: El sistema histórico se basa en hacer un estudio detenido de la norma a través del tiempo, es decir, comenzando desde la etapa en la cual la Ley apenas era un anteproyecto o proyecto de ley, ver como fue evolucionando a través de los debates, a que conclusiones se llegaron y las razones por las cuales es legislador crea la norma, conocer cuales han sido los planteamientos ya definidos sobre la norma y cuales son los criterios ya aceptados sobre la misma, que sentido se le puede dar y cual se aleja de lo que en realidad busca lograr.
  • Sistema sociológico: El sistema sociológico no es tan aplicado al momento de interpretar la norma, pero sí al momento de crearla, pues debemos recordar que, en términos prácticos y teóricos, la norma surge en vista de un deseo o necesidad que debe ser regulada o resuelta en la sociedad. Un ejemplo de ello, es la razón por la cual en un determinado momento se puede optar por aumentar o disminuir las penas contenidas en el Código Penal o incluso, la necesidad de establecer un nuevo tipo penal en vista que algunas prácticas tomadas por algunas personas de la comunidad, no son cónsonas con el sentir y actuar del resto de la población, toda vez que afectan la paz social.
  • Sistema teleológico: En el sistema teleológico lo que se ven son los objetivos y fines perseguidos por el legislador al momento de crear la norma. Buscando entonces no apartarse de ellos, evitando de esa manera cambiar lo que perseguía el legislador al momento de darle vida jurídica a la norma.

Como hemos podido ver, hay muchísimas cosas en las cuales los sistemas de interpretación anteriormente mencionados se relacionan, eso responde a que cuando una norma jurídica debe ser interpretada, es necesaria hacer un análisis integral de la misma, con el objetivo de otorgarle el sentido más lógico, preciso y cónsono con el caso que se tenga en cuestión. Reitero, que estos son sólo algunos de los sistemas de interpretación, si nos avocamos por seguir investigando y buscando, podremos encontrar muchos más e incluso, encontraremos algunos que son propios de una rama en particular del Derecho, por lo tanto, lo que corresponde es seguir estudiando, investigando y profundizando en la doctrina y la jurisprudencia.


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